Formación obligatoria para trabajadores del sector del metal
En el II CONVENIO DEL SECTOR DEL METAL, publicado en junio de 2017, se establecen nuevas modalidades y obligaciones de formación en Materia de Prevención.
Como principal novedad, establece la formación obligatoria para todos los trabajadores en Materia de Prevención, ya no solo para los trabajadores en obra, sino también a todos los trabajadores del sector y están sujetas a control por parte de la inspección de trabajo. Establece también otros criterios como los relacionados con el número de trabajadores a formar cada año con carácter mínimo por cada empresa.
Y fija las formaciones mínimas que tienen que recibir los trabajadores de la empresa, en función del puesto de trabajo:
a) Formación de directivos: 6 horas
b) Formación de trabajadores que desempeñan sus tareas en oficinas: 6 horas
c) Formación de trabajadores de oficios del área de producción y/o mantenimiento. 20 horas
d) Formación de trabajadores con funciones preventivas de nivel básico. 50 horas
e) Formación de reciclaje consistente en 4 horas de formación que serán impartidas periódicamente cada 3 años.
El IMH pone en macha un curso para trabajadores del área de producción, en el que se impartirá la formación troncal y la específica exigida en los siguientes oficios:
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operarios de máquinas de mecanizado por arranque de viruta.
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conductores de carretilla elevadora
Para inscribirse:
por email: imhformazioa@imh.eus
por teléfono: 943748266 (Ane)
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