Bonificacion por Formación. Aplicación 2012.
Desde hoy 14 de diciembre de 2011, está disponible la aplicación telemática de acciones formativas para el ejercicio 2012, en el que no se establece un periodo de carencia.
Los datos de cuota de formación y de plantilla se incorporarán a la aplicación telemática en cuanto sean facilitados por la Tesorería General de la Seguridad Social.
Hasta ese momento, a título orientativo, se facilitarán los datos correspondientes al ejercicio anterior, siendo posible su modificación. No será posible realizar modificaciones cuando se incorporen los datos definitivos de la Tesorería General de la Seguridad Social.
La aplicación de las bonificaciones requiere del cumplimiento de los ss requisitos:
- Información a la Representación Legal de los Trabajadores. Las empresas deberán facilitar información sobre las acciones formativas con anterioridad al inicio de su ejecución. El incumplimiento de esta obligación impedirá la aplicación de la bonificación correspondiente. La RLT dispondrá de un plazo de 15 días para la emisión de un informe sobre la información facilitada. Si quiere obtener un modelo de informe, pinche aquí.
- Comunicacion del inicio de la formación a través de las aplicación telémática dispuesta por la FTFE, con una antelación mínima de 7 días.
- Realización de la formación y cumplimentación del parte de asistencia y de la encuesta de satisfacción
- Identificar en cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad todos los gastos de ejecución de las acciones formativas y las bonificaciones que se apliquen, con la referencia común a todos ellos de “Formación Profesional para el Empleo”
Si desean acceder a este tipo de ayudas para la formación que realicen a lo largo del 2011, no duden en ponerse en contacto con nosotros, por email: imhformazioa[arroba]imh.es, por teléfono: 943744132 o a través de nuestra web